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Fiscalidad general

Autoliquidación

Modelo en el que el propio contribuyente calcula la cuota del impuesto y la ingresa o solicita su devolución, sin esperar a que la Administración la liquide.

Definición ampliada

La autoliquidación es el mecanismo por el cual el propio contribuyente cuantifica el impuesto y lo ingresa. Es la operativa estándar en IVA, IRPF, Sociedades, retenciones y casi todos los impuestos estatales y autonómicos.

Frente al sistema de liquidación administrativa —donde la Administración calcula y notifica— la autoliquidación traslada al contribuyente:

  • El cálculo de la base imponible y la cuota.
  • La obligación de presentar el modelo en plazo.
  • El ingreso o la solicitud de devolución.

La Administración conserva la facultad de comprobar las autoliquidaciones presentadas durante el plazo de prescripción (4 años, art. 66 LGT).

Principales modelos de autoliquidación

  • Modelo 303: IVA trimestral.
  • Modelo 130 / 131: pagos fraccionados de IRPF de actividades económicas.
  • Modelo 100: declaración anual de la renta.
  • Modelo 200: Impuesto sobre Sociedades.
  • Modelo 111 / 115: retenciones e ingresos a cuenta del IRPF (trabajadores, profesionales, alquileres).
  • Modelo 600: ITP y AJD.

Por qué importa

Una autoliquidación fuera de plazo conlleva recargos del 1 % por mes hasta 12 meses (art. 27 LGT). Si la presenta la Administración tras un requerimiento, se transforma en sanción.

Preguntas frecuentes sobre autoliquidación

Calculadoras donde se aplica

Términos relacionados

Fuentes oficiales

Última revisión: 29 de mayo de 2026. El contenido es orientativo y no sustituye el asesoramiento profesional.